Quiero abonos (crédito) de detención para mis multas

  • Si ha pasado tiempo en la cárcel o prisión por cualquier ofensa no relacionada con las multas no pagadas, sin importar que tan graves o menor sean, usted puede solicitar que ese tiempo por esos otros delitos también sea acreditado. Esto se llama “abonos de detención”.
    • La corte que gestiona las infracciones no está obligada a darle “abonos de detención” por el tiempo que pasó en la cárcel por otro delito no relacionado.
    • Técnicamente, el abono de detención solo se da cuando es arrestado en relación con la multa. Sin embargo, varios jueces le darán crédito para su multa y así dándole una exención de lo que debe. 
    • Tenga en cuenta que, por ley, usted tiene el derecho a un abono de detención si pasó tiempo en la cárcel en relación con la multa en sí.
  • Si la corte le da el crédito, se le proporcionará al menos $100 de abono por cada 24 horas que pasó en la cárcel.
    • Algunas cortes le darán más crédito por noche o una exención de cualquier cantidad adicional que deba si pasó tiempo en la cárcel.
  • Algunas tienen un formulario que le pedirán que llene a fin de solicitar su crédito, así que verifique en su sitio web o pregúntele al secretario de la sala.
  • Si no hay un formulario, usted tendrá que escribir una carta al juez solicitando abonos de detención para sus multas y costos por los días que pasó en la cárcel. Vaya a Documentos y formularios y descargue la Carta de solicitud del tiempo cumplido.
    • Si no se ha declarado y ha sido condenado, tendrá que declararse culpable o sin disputa a fin de ser sentenciado. Frecuentemente se puede declarar en la carta sin tener que ir a la corte.
    • Asegúrese de incluir su número o números de caso y el o los cargos por los que está solicitando abonos de detención. También incluya las fecha que pasó en la cárcel o prisión. 
    • Asimismo, tendrá que incluir pruebas de la cárcel o prisión de que estuvo ahí durante esas fechas. Puede hacerlo preguntándole al alguacil (sheriff) u otro oficial de la cárcel donde fue detenido.
    • Pídale al juez que le de una exención de lo que debe conforme al Art. 45.0491 dado que el trabajo comunitario sería una dificultad para usted.